Reforma laboral: entran en vigencia los recargos dominicales y festivos de forma gradual

El trabajo en día de descanso obligatorio, o días de fiesta, se remunera según la nueva ley, con un recargo del 100% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio de la remuneración a la que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa.

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